El Tribunal Superior Electoral (TSE) rechazó hoy una acción de amparo
mediante la cual el ex general Percival Peña reclamaba su inscripción
como candidato a la Secretaría General del Partido Revolucionario (PRD).
El TSE, presidido por el juez Mariano Rodríguez, consideró que Peña no
cumple con el requisito de los cuatro años de militancia ininterrumpida
en el PRD, establecido en el artículo 30, acápite 9, del Reglamento de
la Trigésima Convención Ordinaria Noel Suberví Espinosa de ese partido,
dictado el 26 de diciembre del año 2013 por la Comisión Nacional
Organizadora de dicha Convención.
Establece que el accionante, conforme al decreto número 452-10, de
fecha 16 de agosto de 2010, emitido por el presidente Leonel Fernández
Reyna, pasó de su condición militar a ciudadano civil. Indica que a
partir de esa fecha es que debe computarse el plazo requerido para poder
optar por la candidatura de Secretario General de la indicada
organización política.
En la audiencia celebrada hoy el accionante se encargó de su defensa
junto con el abogado Tomas Castro Monegro. Mientras que el PRD fue
representado por Bunel Ramírez Merán y José Fernández Peréz Vólquez.
Además de Rodríguez, en la audiencia participaron los jueces Jhon
Guiliani, José Manuel Hernández Peguero, Mabel Féliz y Marino Mendoza.